Fallo en SILTRA contrato bonificado 109 régimen agrario

Buenas tardes,

Al tramitar como todos los meses los empleados con contrato 109, siendo varios de ellos correctos con el RD desempleo 2019 y en otros casos forzándolo para RD 05/2020, SILTRA me confirma que hay que realizar dos tramos pero en el IDC de los trabajadores todo sigue con normalidad.

Poniéndome en el peor de los casos, ¿cómo he de proceder a crear estos tramos con y sin bonificación de contrato?

Les recuerdo que la bonificación de desempleo V, para la publicación de RD 05/2020 nunca la recogieron en el programa.

Muchas gracias.

  • 0

    Buenos días, 

    En las novedades de la versión 2020.50.000 dispone de como aplica las bonificaciones RDL 5/2020: Medidas urgentes agricultura y alimentación-Bonificación por conversión a indefinido que creemos que se refiere a través de los contratos:

    109 602 CONV. TEMP-INDEFINIDO SEA T. COMPLETO - HOMBRES

    109 603 CONV. TEMP-INDEFINIDO SEA T. COMPLETO - MUJERES

    209 602 CONV. TEMP-INDEFINIDO SEA T. PARCIAL - HOMBRES

    209 603 CONV. TEMP-INDEFINIDO SEA T. PARCIAL - MUJERES

    309 602 CONV. TEMP-INDEFINIDO SEA FIJO DICONTINUO - HOMBRES

    309 603 CONV. TEMP-INDEFINIDO SEA FIJO DICONTINUO - MUJERES

    En ese caso con la fecha de fin bonificación de contrato le realizaría ruptura de tramo en el mes que finaliza la misma. 

    Un saludo. 

  • 0 in reply to ignaciogomez

    Viendo el IDC me indica hoy actualizada la fecha de fin de la bonificación del contrato, ¿dónde tendría que indicarla dentro del trabajador?

    Gracias.

  • 0 in reply to CHINDASVINTO

    Buenos días, 

    Las bonificaciones de contrato , en la ficha del empleado en Contratos , pestaña contratos en el campo fecha Final Bonificación.

    Un saludo. 

  • 0 in reply to ignaciogomez

    Me he dado cuenta, de que en los costes de la seguridad social de la empresa, sigue recogiendo por mes entero la bonificación al 100%, cuando realmente sólo esta presente desde el periodo de 01/06/2021 a 20/06/2021. Del 21/06/2021 a 30/06/2021 la cotización de la empresa, sería normal.

    ¿Cómo puedo indicarlo?

  • 0 in reply to CHINDASVINTO

    Buenas tardes, 

    Al indicar fecha final bonificación , si la bonificación viene definida por el contrato debería de dejar de aplicar bonificación a partir de ese día y al generar el fichero de bases hacer una ruptura de tramo.

    Si no se comporta así le recomendamos ponerse en contacto con servicio técnico para que revisen su caso. 

    Un saludo. 

  • 0 in reply to ignaciogomez

    No me ha contestado nada de lo que he pedido, el programa si hace bien los tramos de las fechas de SILTRA, lo que no calcula bien en los resúmenes de contabilidad y costes de empresa, son los costes de seguridad social de empresa, es decir, sigue reflejando el mes completo con las bonificaciones cuando no es así, son 20 días con la bonificación del contrato 109 y 10 días sin bonificación, como si fuera un contrato 100 del régimen agrario.

    De todas formas, tomo nota para informar al comercial Miguel Ángel, de que nos descuenten el supuesto servicio de asistencia y apoyo, que tienen con el régimen agrario 0163, pues esta claro que no vale para nada.

  • 0 in reply to CHINDASVINTO

    Buenas tardes, 

    Le preguntábamos si le hacía la aplicación la ruptura de tramos en el fichero de bases porque si se la hace no tendría que aparecer dicha bonificación de contrato, si le aparece importe de bonificación podría comprobar si dicho importe corresponde a la Reducción SEA . 

    En cualquier caso le recomendamos para revisar el caso concretamente porque en pruebas nos crea ruptura y aplica bonificaciones y reducciones que corresponden , se ponga en contacto con el servicio técnico telefónicamente para revisar su caso adecuadamente. 

    Un saludo. 

  • 0 in reply to ignaciogomez

    No se preocupe que una vez más, me ha tocado buscar la solución por mi cuenta, gracias a que su aplicación con el régimen agrario 0163, tiene muchos fallos entre ellos no reconocer que legalmente el INSS es el que tiene que pagar al trabajador sin complemento. Su servicio de soporte la señorita Jennifer me proponía borrar todo el proceso de cálculo del trabajador, y gracias a que llevo más de 2 años peleándome casi todos los días, no la he hecho caso. Si no me hubiera toda rehacer todo. Insisto una vez más, con el régimen general muy bien pero con el régimen agrario y el régimen del mar, su aplicación es deficiente y poco útil. Luego los que damos la cara ante el personal, somos las personas que estamos detrás y no ustedes. Buen fin de semana.